Empresas europeas que exportan bienes a Gran Bretaña y al resto del mundo

A partir del 1 de enero de 2021, las empresas en Inglaterra, Escocia o Gales (Gran Bretaña) abandonarán el régimen de IVA de la UE.

Cualquier bien vendido a Gran Bretaña se tratará como una importación al resto del mundo. Esto significa que se carga un IVA del 0% (exento) en la mayoría de los bienes exportados, por lo que en la declaración de IVA no habrá ningún valor registrado para este impuesto.

Para evitar fronteras físicas entre Irlanda del Norte e Irlanda, no se aplican cambios para los bienes vendidos a Irlanda del Norte. En el caso de los bienes, Irlanda del Norte se sigue considerando dentro de las adquisiciones y suministros intracomunitarios.

Número EORI

Para exportar bienes, necesitas tener el número de registro e identificación de operadores económicos (EORI).

Creación de facturas de venta para empresas en Gran Bretaña o el resto del mundo

Crea una factura de venta con normalidad. Si la dirección del registro del cliente está definida en Gran Bretaña o en el resto del mundo, el IVA correcto se aplicará de forma automática en tus facturas.

Al crear una factura:

  • Verás un aviso en la parte superior donde se te informará de que el tipo de IVA está definido en cero.
  • El tipo y el importe de IVA se cambian automáticamente a Exento y no pueden editarse.
  • Haz clic en >>, junto a la columna Total para seleccionar si estás vendiendo bienes o prestando servicios.

  • El IVA se aplica de forma diferente en bienes que en servicios. Por tanto, si también has prestado servicios a un cliente, inclúyelo en otra factura.
    Más información acerca de los tipos de IVA sobre los servicios internacionales

Contenido relacionado

Volver a la página de inicio sobre el Brexit